sábado, 16 de agosto de 2008

LIGA CHASCOMUNENSE DE FUTBOL

CAMPEONATO CLAUSURA 2008

“ALFREDO OTERO”
REGLAMENTO
CAPÍTULO I – ASPECTOS GENERALES DEL CERTAMEN

1- ORGANIZACIÓN - La organización del CAMPEONATO CLAUSURA 2008 estará a cargo del Consejo Directivo de la LIGA CHASCOMUNENSE DE FUTBOL.
2 -OBJETIVO - El presente Torneo tiene los siguientes objetivos:
2.1- ASCENSO AL TORNEO DEL INTERIOR 2010: Clasificar un equipos de 1ra División de Clubes de la Liga que al clasificarse Campeón “CLAUSURA” 2008, y que en caso de desistir el campeón, quien lo siguiera en orden de mérito, habrán adquirido el derecho de actuar en el Torneo del INTERIOR 2010.

2.2- CLASIFICAR CAMPEON DE 3RA DIV.

2.3 -CLASIFICAR CAMPEON DE 4TA DIV.

2.4- CLASIFICAR CAMPEON DE 5TA DIV.

3 -PARTICIPANTES

3.1- Participarán del Campeonato CLAUSURA 2008 en 1ra, 3ra, 4ta y 5ta div.:

C.Atlético Chascomús, C.A.Union Deportiva, C.A.Tiro Federal, A.D.El Salado ,C.A.y S. Belgrano, C.S. y D.Pila, Lezama Fútbol Club, C.D. y F.Las Mandarinas, C.S. y D.Atalaya

C.S. y D.Villa Garibaldi, C.S. y D.Juventud Unida, C.S. y D.El Indio, C.Atlético y Progreso, Sport Club Magdalena, C.S. y D. Verónica , Racing de Bavio, Deportivo Chascomus ,Empalme San Vicente F.C , C.S.y D.Union y Fuerza y C.A.Ranchos.-


4 -DATOS – Los clubes participantes deberán comunicar a la Mesa Directiva de la LCHF, como plazo máximo el día 18/08/08, lo siguiente:
a) Nombre completo del Club;

b) Colores de las camisetas titulares y suplentes que se utilizaran en el campeonato.
c) Domicilio, localidad, teléfonos y fax del Club;
d) Apellidos y nombres completos del Presidente y del Secretario del Club;
e) Domicilios, teléfonos y fax del Presidente y del Secretario del Club;

f) Deberá presentar los datos de Servicio de Emergencia que deberá prestar servicio en los partidos que se juegue de local.
g) Estadio donde el mencionado Club hará las veces de local. Dicho estadio deberá ser alguno de aquellos que, estando dentro de la jurisdicción deportiva de la Liga, se encuentre AUTORIZADO por la LCHF; debiendo contar, asimismo, el referido estadio, bajo responsabilidad del Club participante, con la correspondiente HABILITACIÓN emanada de la Municipalidad u Organismos Oficiales competentes o con CERTIFICADO de APTITUD TÉCNICA expedido por Profesional Matriculado donde específicamente se certifique para que cantidad de espectadores es que se extiende tal habilitación o certificado;
h) Domicilio, teléfonos y fax del estadio aludido en el inc. g) precedente; y,
i) Un número de FAX, como mínimo, donde la M.D puede remitir las comunicaciones pertinentes, las que por este medio tendrán el carácter de OFICIAL a todos sus efectos.
j) Dos (2)direcciones de correo electrónico (E-Mail) las que revestirán el carácter de oficiales, pudiendo ser las mismas del Club; de Dirigentes del Club; mediante las cuales este Organismo canalizará todo tipo de información, documentación; normas y/o disposiciones que se dicten durante el desarrollo del certamen, de las cuales los clubes no podrán aducir desconocimiento o bien alegar la falta de recepción en sus casillas; motivo por el cual, se hace imprescindible no contratar servidores que no puedan soportar la cantidad de material a remitir por este Organismo; a tales fines no serán tenidas en cuenta casillas de correo como HOT MAIL Y/O YAHOO u otras similares, las que tienen una capacidad de recepción de 1 MB, que seguramente será superado.-
Los clubes participantes deberán contar con un seguro para jugadores con idéntica cobertura del contratado por el CFF para todas las Ligas del país, conforme a lo resuelto oportunamente.-
5 -ESTADIOS - Los partidos del certamen deberán disputarse exclusivamente EN ESTADIOS AUTORIZADOS POR LAS MUNICIPALIDADES Y ORGANISMOS COMPETENTES

Los Clubes serán las únicos responsables de que los estadios autorizados no sean disminuidos en su capacidad o que sufran modificaciones o inconvenientes antes o durante la disputa del certamen que impidan el normal desarrollo de los encuentros programados. La transgresión a lo prescripto precedentemente, por parte de los Clubes participante o locador, dará lugar la M.D de la LCHF a aplicar las siguientes penalidades, de conformidad con las responsabilidades que en cada caso surjan de los actuados pertinentes: amonestación, multas de hasta 100 v.e y suspensión de afiliación.

6- INICIO DEL CAMPEONATO: 23/08/2008

6.1 -CIERRE DEL LIBRO DE PASES: Interclub, interliga, lunes 18/08/08 a las 21,00 hs en el lugar donde se realice la reunión de C.D. del mes de agosto.

6.2- CIERRE DE INSCRIPCIONES: mayores de 18 años, lunes 18/08/08 a las 21,00 hs en el lugar donde se realice la reunión de C.D. del mes de agosto. Para menores de 18 años hasta el término de la faz clasificatoria del Campeonato Clausura 2008.-

6.3- CIERRE DE RECEPCION DE RESCINSION DE PASES: lunes 18/08/08 a las 21,00 hs en el lugar donde se realice la reunión de C.D. del mes de agosto.


7 -PROGRAMACIÓN - Los Clubes, salvo comunicación en contrario, se ajustarán a la programación y fechas obrantes en el PROGRAMA DE PARTIDOS emanado de la M.D del la LCHF. Se deja establecido que en los casos en que dos clubes acuerden cambio de horarios o de fecha de cualquiera de los partidos (adelantar, pero nunca postergar), ambos Clubes (local y visitante), deberán hacer llegar su conformidad en tal sentido, a la reunión de la M.D del día lunes antes de la fecha elegida para llevar a cabo el partido.

Días sábado 4ta, y 5ta; 1ra y 3ra días domingo. Cuando dos equipos de una misma localidad sean locales, adelanta el equipo con quien juegue con el más cercano.


8- CLUBES ACTUANDO EN LOS TORNEOS DE LA LCHF Y CONSEJO FEDERAL - Sin perjuicio de lo previsto en el punto 7 precedente, en el caso de aquellas Clubes que participan en el Campeonato de Primera División y Torneo del Interior se establece el siguiente orden de prioridades para que los clubes, de común acuerdo con la M.D de la LCHF, disponga la fecha de disputa cuando se superponga la programación de partidos de los distintos certámenes antes citados:
e) elige el Club del Torneo del Interior


Para el torneo local el club que enfrenta a un participante del Torneo del Interior, no podrá objetar la programación avalada en la prioridad del torneo antes mencionado.

9- RESERVASLa M.D. de la LCHF se reserva el derecho de efectuar cualquier modificación de las fechas, horarios o estadios de los partidos cuando razones de fuerza mayor o de agilización del certamen así lo aconsejaren.
La trasgresión a lo precedentemente establecido dará lugar a la adopción de las medidas disciplinarias que se estimen convenientes.

CAPÍTULO II - FORMA Y SISTEMA DE DISPUTA
10- FORMA DE DISPUTA

10.1- Primera, tercera, cuarta y quinta División

11- DEFINICIONES ETAPA CLASIFICATORIA
Cuando la disputa se llevara a cabo por el sistema de puntos ninguno de los partidos exigirá definición, es decir, finalizarán invariablemente al cabo de los noventa (90) minutos de juego.
En caso de existir igualdad en puntos al término de la Primera Etapa Clasificatoria, a los efectos de establecer una clasificación se aplicará lo previsto en el punto siguiente (12).-
12 -En favor del equipo que, considerando exclusivamente los partidos disputados en la Zona en cuestión contra aquel o aquellos con los que hubiera empatado la posición, hubiera obtenido mayor cantidad de puntos o, en caso de empate, en el siguiente orden:
a) Mayor diferencia de goles.
b) Mayor cantidad de goles a favor.; y,
En caso de no existir definición por este sistema se deberá recurrir a la tabla general, contabilizándose la totalidad de los partidos disputados en la Zona en cuestión, en el siguiente orden:
c) mayor diferencia de goles.
d) mayor cantidad de goles a favor.
Este proceso se repetirá cuantas veces sea necesario.
e) una vez agotadas las alternativas previstas en los ítems anteriores, de persistir el empate a la finalización de la etapa o ronda la posición se definirá por medio de un sorteo a realizarse en sede de la LCHF, dentro de las cuarenta (48) horas.

13- DEFINICION ETAPA FINAL
13.1- En favor del equipo que hubiera obtenido más puntos en la serie de partidos disputado entre una pareja de equipos.
13.2 -De existir igualdad, en favor del equipo que obtuviera mayor diferencia de gol en esa serie.
13.3 -En caso de no existir definición por los puntos anteriores se deberá recurrir a la ejecución de tiros desde el punto del penal, conforme las previsiones del art. 111° del Reglamento General de la A.F.A..
CAPÍTULO III

14- JUGADORES – CANTIDAD, INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN
Estará integrada con los jugadores debidamente inscriptos y habilitados al día Lunes 18/08/08.-
15 -EXCLUSION
a)Quedan excluidos de la disposición de estar inscriptos y habilitados aquellos jugadores que se encontraran tramitando sus pases internacionales o interligas y cuyos pedidos hayan ingresado en la AFA o en las Ligas, en las cuales los jugadores hayan solicitado sus pases, no mas allá de la fechas establecida.-
Estos jugadores podrán ser incluidos pero no podrán actuar hasta tanto la LCHF no reciban el pase concedido de la AFA (en los casos de transferencias internacionales) y de las Ligas (en los casos de transferencias interligas), y posteriormente proceda a inscribirlos y habilitarlos.
b)Los Clubes solicitantes de transferencia interligas tienen un único plazo de veinte (20) días para obtener la transferencia, sin perjuicio de lo determinado al efecto por el Reglamento de Transferencias Interligas, la que habrá de computarse a partir de la fecha señalada; de no concretarse la misma, dentro del plazo aludido, el jugador quedará inhabilitado para actuar en el certamen para el club solicitante de la transferencia.
c)Si el jugador, luego de haber solicitado su transferencia disputase un partido en favor del equipo del club cedente actuante en la misma etapa quedará inhabilitado para disputar partidos

correspondientes a este torneo.

d)Si un jugador que paso a prueba a otro club por decisión de los clubes Resinde de la prueba y no es presentado al día del cierre del libro de pases NO podrá jugar en el Campeonato Clausura 2008 en su club de origen.

16 -ACREDITACIÓN DE IDENTIDAD
Los jugadores y miembros del Cuerpo Técnico (un Director Técnico, un Médico, un Kinesiólogo y un Personal Auxiliar) deberán acreditarse ante el árbitro, antes del inicio del encuentro, al momento de firmar la Planilla de Firmas y Resultado, con su DNI o carnet de identificación extendido por la LCHF, en caso contrario no podrá jugar.


CAPÍTULO IV - ÁRBITROS
17- NOMINACIONES - Los partidos correspondientes al CAMPEONATO CLAUSURA 2.008 serán controlados por árbitros oficiales de la LCHF

18- NOMBRAMIENTOS – El colegio de árbitros deberán extender a los mismos, en forma individual, para ser presentada ante el Club que hace las veces de local en cada partido, un nombramiento en el que se consignará:
a) Apellidos y nombres completos y números de documentos.
b) Función que desempeña (árbitro o árbitro asistente).
c) Importe a reconocer en concepto de Aranceles, de conformidad con los fijados por la LCHF

19- PAGOS A ARBITROS – Los importes a percibir por los árbitros en concepto de aranceles, viáticos y gastos de traslados, de conformidad con el nombramiento entregado a cada miembro de la terna arbitral, deberá ser abonado por el Club local, indefectiblemente, al finalizar el encuentro.
El incumplimiento a lo establecido en el párrafo anterior deberá ser denunciado por los integrantes de la terna arbitral (según el caso), obligatoriamente, precisando claramente lo adeudado, en el formulario provisto por este Organismo, el que deberá ser remitido conjuntamente con el informe del árbitro del encuentro de que se trata dentro del plazo establecido en el art. 23° del presente Reglamento.
La falta de pago de algunos de los conceptos enumerados en el primer párrafo del presente dará lugar a una multa de 30 v.e mas el importe adeudado, la cual operará de pleno derecho, sin necesidad de interpelación alguna.
Si en el plazo de setenta y dos (72) horas de disputado el encuentro se verificara el pago, se levantará en forma automática la medida cautelar adoptada, sin consecuencia deportiva alguna.
De no verificarse el pago se correrá traslado hasta las 20,30 horas del quinto día corrido inmediato siguiente al de disputado el encuentro que originó la deuda, transcurrido dicho plazo y no habiéndose verificado la cancelación de la deuda existente por los rubros reclamados, la institución deudora quedará a partir de ese momento automáticamente suspendida en forma PROVISIONAL, debiendo disputar los encuentros programados, con el consecuente descuento de tres (3) puntos por cada fecha comprendida en el término de la suspensión (art. 118° del Reglamento de Transgresiones y Penas).
La falta de pago de los importes a percibir por los árbitros, hará aplicable UNICAMENTE la normativa del presente artículo.

CAPÍTULO V - PLANILLAS DE FIRMAS Y RESULTADO – INFORME
20- PLANILLA DE FIRMAS Y RESULTADO – Su provisión será responsabilidad del Club que actúa como local, conforme al ejemplar que se adjunta al presente Reglamento.
21- DATOS - La Planilla de Firmas y Resultado deberá ser confeccionada por triplicado y en la misma deberán consignarse los siguientes datos:
a) Denominación del certamen y de la Ronda respectiva.
b) Estadio donde se disputa el partido.
c) Fecha en que se disputa el partido.
d) Hora de inicio y de finalización de cada período.
e) La denominación de ambos Clubes intervinientes.
f) Cantidad de goles convertidos por cada equipo.
g) Tipo y número de documento de cada jugador.
h) Apellidos y nombres completos de cada jugador.
i.) Firmas de los jugadores.
j) Cantidad de goles convertidos por cada jugador.
k) Aclaraciones y firmas del árbitro y de cada árbitro asistente.
l) Número de casaca y firmas de ambos capitanes.
m) Aclaraciones y firmas de los delegados.
n) Sustituciones realizadas en cada equipo.
ñ) Aclaraciones, tipo y número de documento y firmas de cada miembro del Cuerpo Técnico de ambos Clubes.
22 -INFORME – No obstante lo señalado en el inc. o) del art. 21° precedente, cada integrante de la terna arbitral, al elevar su informe al TRIBUNAL DE PENAS DE LA LCHF sobre las novedades ocurridas, deberá efectuar un detallado relato de los hechos que dieron lugar a las infracciones cometidas antes, durante y después del partido, el que deberá estar redactado con letra clara y legible sobre el modelo de formulario adjunto a este Reglamento. En caso de no haber ocurrido nada, sobre el referido formulario se deberá cruzar la leyenda “SIN NOVEDAD”.
23 -REMISIÓN - El ORIGINAL de la Planilla de Firmas y Resultado y/o del obligatorio Informe de las novedades ocurridas será entregada por el árbitro y cada árbitro asistente, según corresponda, en forma directa a la Liga.
Las
Planillas de Firmas y Resultado conjuntamente con los de Informes, entregados por los árbitros a la Liga a la cual pertenecen, deberán ser adelantados al TRIBUNAL DE PENAS DE LA LCHF, POR PARTE DEL COLEGIO DE ARBITROS, MEDIANTE FAX (al 02241-423009) y, los originales, remitirlos por correo privado (preferentemente urgente) dentro de las 24 horas siguientes a la fecha de disputado el partido.
El ARBITRO deberá RETENER en su poder una FOTOCOPIA de la Planilla de Firmas y Resultado y del Informe a los efectos de un posible requerimiento de la LCHF, en caso de extravío, pérdidas, etc. de los citados documentos.
24 -El incumplimiento a lo establecido en los arts. 22° y 23° dará lugar a la aplicación al infractor de las medidas disciplinarias correspondientes.
25 -De las restantes copias de la Planilla de Firmas y Resultado se deberá distribuir una para cada Club y una para la Liga.
2
6 -A los efectos de poder completar en tiempo las Planillas de Firmas y Resultado como así también para poder verificar la documentación y permitir el control de la indumentaria de los jugadores, con el objeto de no demorar la hora de inicio fijada para el encuentro, ambos equipos deberán encontrarse en los vestuarios con una antelación no menor a una (1) hora a la fijada para el comienzo del partido.

CAPÍTULO VI - AUDITORÍA
27 -La LCHF designará Auditores (art. 53°, inc. a, del Reglamento General de la A.F.A.) designará para cada partido SEMIFINAL Y FINAL de los certámenes.

Los gastos que por cualquier concepto demande la designación de los Auditores serán absorbidos en un 50% por la LCHF.
Entr
e las facultades del Auditor se encuentran las siguientes:
a) De detectarse boletos de entrada que no concuerden con la habilitación efectuada podrá incluir en la recaudación hasta cien (100) entradas por cada entrada cuya numeración pertenezca a distintos talonarios no habilitados.
b) En caso extremo podrá dejar en suspenso la liquidación del partido, trasladando al LCHF (sin que ello pueda serle impedido) todos los comprobantes, documentación, registros y cualquier otro elemento de juicio que haga a la cuestión, a los efectos que éste resuelva sobre el particular.
c) Podrá solicitar que le sean facilitados y/o entregados cualquier registro o documentación, tanto de la Liga local como de su Club, que el mismo estime necesario.
d) Podrá resolver en forma sumaria cualquier situación prevista o no prevista que se le planteé.

CAPÍTULO VII – ENTRADAS, RECAUDACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y APORTES
28 -SUMINISTRO DE LAS ENTRADAS - Los boletos de entradas habilitadas en ocasión de cada partido deberán ser suministrados por la LCHF al Club que hace las veces de local. En tal sentido, la LCHF podrá, en cualquier momento, requerir al Club, la siguiente información:
a) Último número impreso de cada tipo de entrada.
b) El detalle de la numeración de entradas de cada tipo habilitadas en cada partido del certamen.
c) El detalle de la numeración de entradas de cada tipo vendidas en cada partido del certamen.
d) El detalle de las entradas en su poder, es decir las que aún no han sido vendidas (las entradas no vendidas en cada partido deben quedar en poder del Club a los fines de su control y posterior habilitación para el próximo encuentro).
De detectarse entradas que no figuran como vendidas la LCHF podrá, en carácter de multa, ordenar la liquidación de tales cantidades detectadas al mayor precio fijado para cada tipo en los partidos disputados hasta ese momento, como local.
29 -TIPOS DE ENTRADAS - Los tipos de entradas habilitados para le venta son:
a) Generales

b) Jubilados, Pensionados y Damas
c) Adicionales a Platea (no dan derecho a ingresar al estadio, sólo dan derecho a ocupar una butaca en el sector de plateas, debiendo venir acompañado por alguno de los tipos de entradas señalados en los inc. a, o b precedentes, o por la debida credencial que certifique el libre acceso al estadio).
30 -PRECIO DE LAS ENTRADAS - El precio mínimo de las entradas generales será de PESOS OCHO ($8,00.-). El precio máximo queda a criterio del Club local.
El precio de las entradas de jubilados, pensionados y damas será de PESOS CUATRO ($4,00.-). El Club local fijará el precio de los adicionales a platea.
31 -RECAUDACIÓN - La Planilla de Recaudación y Liquidación (según modelo adjunto) se deberá confeccionar por duplicado, debiendo ser firmada por el responsable del Club local .
32 -REMISIÓN - El ORIGINAL de la Planilla de Recaudación y Liquidación debe ser remitido por parte del Club DEBIENDO OBRAR EN LA LCHF dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) HORAS de disputado el encuentro como local; caso contrario, se correrá traslado hasta las 20,30 horas del quinto día hábil corrido inmediato siguiente al de disputado el encuentro que originó la deuda, transcurrido dicho plazo y de no obrar en este Organismo lo requerido la institución deudora se le aplicará una multa de $150,00 por cada planilla faltante de la faz clasificatoria y $300 en los partidos por eliminación a excepción de la Semifinal y final según Art. 35 inc. C)

33- El restantes ejemplar de la Planilla de Recaudación quedara en poder del Club.
34 -DISTRIBUCIÓN – El total recaudado en todo concepto luego de efectuados los pagos y aportes establecidos en esta reglamentación quedan íntegramente para el CLUB LOCAL.
35 -APORTES – a)A partir de los 4tos de final de 1ra Div.de cada Campeonato (Apertura, Clausura) el club local rendirá el 10% de la recaudación en bruto, los que deberán ser depositados en la cuenta cte de la LCHF ,algún otro medio fehaciente de entrega, o depositado en la sede del mismo, dentro de las 24 hs de finalizado en encuentro.
b)Los referidos aportes deberán efectuarse en efectivo, transferencias bancarias o mediante valores extendidos a la orden de la “LIGA CHASCOMUNENSE DE FUTBOL”.

c)En caso de no ser remitidos se le aplicará los cargos referido en el art.32 más $500 por cada partido semifinal y final.



CAPÍTULO VIII - LIBRE ACCESO A LOS ESTADIOS
36 -Tendrán libre acceso a los estadios donde se disputen partidos programados por el certamen:

a) El Presidente de la Nación, los Gobernadores y el Intendente del Municipio donde se juega el partido.
b) Los Ministros de la Nación y de las Provincias.
c) Los menores de doce años de edad, debiendo exhibir el correspondiente documento a los fines de comprobar la edad (previo pago del seguro de espectador obligatorio)(con doce años cumplidos debe abonar la entrada general).
d) Los periodistas con credenciales acordadas por el Club local y visadas por la Liga. A tales efectos y en todos los casos dichas credenciales deberán extenderse como se indica a continuación:
d.1 - Tres credenciales como máximo a cada medio periodístico escrito.
d.2 - Cinco credenciales como máximo a cada medio periodístico oral o televisivo.
e) Los miembros titulares y suplentes de las Comisiones Directivas de ambos Clubes (local y visitante), debiendo exhibirse la correspondiente credencial.
f) Las autoridades de la A.F.A. , del Consejo Federal , de la Liga y los poseedores de credenciales extendidas por la LCHF, exhibiendo la correspondiente acreditación.
g) Los poseedores de CREDENCIALES ESPECIALES (Validas para el día del partido solamente. Estas credenciales se distribuirán:
g.1 - Veinte para el Club local, por división.
g.2 - Veinte para el Club visitante, por división.


CAPÍTULO IX - ORGANIZACIÓN DE LOS PARTIDOS
37 -RESPONSABILIDADES DEL CLUB LOCAL - La organización de todo lo inherente al partido es responsabilidad del Club que actúa como local, entre, las cuales se encuentran las siguientes:
a) La contratación del servicio policial en todos los partidos de 1ra div. suficiente para mantener el orden y la seguridad tanto en las inmediaciones como en los accesos y dentro del estadio, dentro del campo de juego, en la zona de vestuarios, en las boleterías, en la sala de recaudación, etc..

b) La contratación del servicio policial en partidos semifinales y finales de 5ta, 4ta y 3ra div., suficiente para mantener el orden y la seguridad tanto en las inmediaciones como en los accesos y dentro del estadio, dentro del campo de juego, en la zona de vestuarios, en las boleterías, en la sala de recaudación, etc..

c) La adopción de medidas que en caso de accidentes permitan la atención del accidentado (primeros auxilios), tales como la presencia de personal médico, ambulancias, etc..
d) Garantizar un correcto sistema de venta de entradas, abriendo la cantidad suficiente de boleterías en sectores debidamente acondicionados.
e) Controlar que en las boleterías sólo se vendan las entradas habilitadas, así como también arbitrar los medios para evitar que fuera del estadio sean revendidas las mismas o sean vendidas entradas ilegítimas.
f) Abrir los accesos necesarios, con la cantidad de porteros suficientes, para un correcto ingreso del público.
g) Controlar que el público ingrese únicamente con las entradas habilitadas.
h) Que la cancha este debidamente marcada, las redes colocadas y en condiciones y que estén colocados los banderines de córners.
i.) Que los vestuarios estén en perfectas condiciones de higiene y seguridad, asegurando que en el de los árbitros y vestuario visitante cuenten con agua caliente para que los jugadores y árbitros puedan bañarse sin inconvenientes, en caso de denuncia que lo antedicho NO se cumpla, debiendo estar notificado en el informe del arbitro, se le aplicara una multa de 50 v.e
j) Poner a disposición del árbitro y los árbitros asistentes los banderines (rojo y amarillo).
k) TRES balones en perfecto estado de uso (Para el primer partido del Campeonato y para las semifinales y final deberán ser NUEVOS) que deberán estar a disposición del árbitro en su vestuario, previo al inicio del partido, de la marca reglamentariamente aprobada por el Consejo Federal como balón oficial del CFF (Boletín Oficial n° 494 del 29/04/2004). En caso de no contarse con dicho elemento no se podrá iniciar el partido.-
38 -GASTOS - Todos los gastos de organización (policías, porteros, boleteros, etc.) así como cualquier tipo de impuestos (nacionales, provinciales o municipales) serán absorbidos por el Club local.
39 -ALQUILER DE ESTADIO - Cuando el partido debe llevarse a cabo en estadio no perteneciente al Club local que actúa en el certamen, se reconocerá a su propietario el precio que se convendrá antes del comienzo del campeonato, y que se dará a conocer a la LCHF. El importe del alquiler correrá por exclusiva cuenta del Club que actúa como local, actuando la Liga como agente de retención.
40 -En caso de partidos llevados a cabo en estadios alquilados (no perteneciente al Club que actúa como local) la institución propietaria del mismo tendrá los siguientes derechos y obligaciones:
a) DERECHOS:
a.1 - Mantener para sí, salvo acuerdo en contrario con el Club participante, la concesión de la venta ambulante y/o en cantinas o lugares afines del estadio, como así también la publicidad estática y oral.
a.2 - Percibir lo convenido previo al comienzo del campeonato, en concepto de alquiler (art. 39°).
b) OBLIGACIONES:
b.1 - Presentará el estadio en forma tal que permita la normal disputa del partido (cancha debidamente marcada, redes en condiciones, vestuarios y baños en condiciones higiénicas y de seguridad, agua caliente y fría, etc.).(Cumpliendo lo expresado en el Art. 37 inc. h) )
b.2 - No exigir más de lo convenido de alquiler para atender los gastos inherentes al cumplimiento de lo establecido en el apartado b.1 anterior.
b.3 - No permitir la venta de bebidas alcohólicas, ni el expendio de bebidas en envases de vidrio o lata.
41 -HORARIO DE LOS PARTIDOSLa LCHF fijara el horario del mismo.
Conforme lo previsto en el art. 7º la LCHF se reserva el derecho de efectuar la modificación que crea oportuna respecto del horario.
Por cualquier modificación al horario comunicado según lo previsto en los párrafos precedentes, el Club local deberá proceder según lo dispuesto en el párrafo primero.
El incumplimiento a lo antes dispuesto dará lugar a lo previsto en el último párrafo del art. 7 de este Reglamento.
CAPÍTULO X - PROTESTAS E IMPUGNACIONES
42 -PLAZO - Para protestar y/o impugnar la validez de un partido, la correspondiente denuncia con sus respectivos antecedentes deberá obrar en poder del Tribunal de Disciplina de la LCHF antes de las 18:00 horas del quinto día hábil siguiente (de lunes a viernes) al de disputado el encuentro.
43 -REQUISITOS - Al momento de interponerse la protesta y/o impugnación el recurrente deberá:

a) Estar sin deuda en la Cuenta Corriente de la Tesorería de la LCHF.
b) Acreditar la titularidad de los derechos que le fueron agraviados.
c) Presentar el escrito, por duplicado, detallando claramente los agravios y señalando los normativos transgredidos.
d) Abonar, en concepto de Derechos de Protesta, el equivalente al valor de
CIENTO CINCUENTA (150) V.E
(entradas generales), para la división superior de cualquier categoría, SETENTA Y CINCO (75) V.E (entradas generales), otras divisiones de cualquier categoría, calculadas al precio mínimo fijado en tal sentido por la LCHF. Este importe acreditado en al Cuenta Corriente como saldo a favor del recurrente en caso de resultarle favorable el reclamo y, en caso contrario, será destinado a la Cuenta Gastos de Administración.
44 -FALLO - El Tribunal de Disciplina resolverá la situación en forma sumaria, con los elementos de juicio obrantes en su poder o con aquellos que estime necesario, en un todo de acuerdo con las prescripciones contenidas en este Reglamento, en el de Transgresiones y Penas y en el de la propia LCHF.

El Tribunal de Disciplina resolverá en todos los casos en única y definitiva instancia, destinando al archivo, sin otro trámite, las protestas y/o impugnaciones que no se ajusten a lo dispuesto en el presente Capítulo.
45 -Las decisiones del árbitro, en cuanto a la interpretación y/o aplicación de las Reglas de Juego se refiere, no podrán ser motivo de protestas y/o impugnaciones.

CAPÍTULO XI– SANCIONES
46 -NO PRESENTACIÓN DE EQUIPO
La NO PRESENTACIÓN de equipo a cualesquiera de los partidos dará lugar a:
a) La aplicación de las prescripciones contenidas en el art. 109° del Reglamento de Transgresiones y Penas.
b) El reintegro de gastos por parte del Club infractor a su ocasional rival, según se indica:
b.1 - Cuando el infractor no se presente a partido en el cual debía actuar como local deberá reintegrar a su ocasional rival los gastos que demandó su traslado, alojamiento y comidas sobre no más de veinte personas. Estos gastos deberán demostrarse con la presentación de los correspondientes comprobantes.
b.2 - Cuando el infractor no se presente a partido en el cual debía actuar como visitante deberá reintegrar a su ocasional rival los gastos que demandó la organización del partido. Estos gastos deberán demostrarse con la presentación de los respectivos comprobantes.
b.3 – Cuando el infractor no se presente a la disputa de los DOS –2- últimos encuentros del Certamen, sea en condición de LOCAL o VISITANTE, se lo considerará inmerso en la figura de “DESERCION DEL CERTAMEN”; dando lugar a la aplicación de los puntos a); y b) del punto precedente.
b.4-De no realizar el deposito exigido en tiempo y forma se procederá a ejecutar el art.57 del presente reglamento.
47 -RETIRO DEL EQUIPO DEL CAMPO DE JUEGO ANTES DE CUMPLIR EL TIEMPO REGLAMENTARIO

En caso de retirarse un equipo de cualquier división del campo de juego antes de cumplir el tiempo total reglamentario, se le aplicara una multa de 100 v.e para la 1ra div.y 50 v.e las demás divisiones.
48 -DESERCIÓN DEL CERTAMEN
Si el infractor REINCIDIERA en la NO PRESENTACIÓN o decidiera desertar del certamen tal actitud dará lugar a:
a) Quede automáticamente eliminado del certamen.
b) Deba hacer frente, asimismo, por cada partido que restara hasta la finalización de la Etapa, Zona o Subzona que estuviera disputando o debiera disputar, a lo dispuesto en el artículo anterior. A los efectos de la cantidad de partidos por los cuales se aplica esta sanción, la que se establece en hasta un máximo de tres (3) partidos.

49 -JUZGAMIENTO DE INFRACCIONES
El Tribunal de Disciplina, juzgará y resolverá las denuncias, transgresiones y/o infracciones que se cometan en el marco del certamen con sujeción a lo expresamente establecido en este Reglamento, en el de Transgresiones y Penas y en el de la propia LCHF.

49.1 DE LOS JUGADORES Y MIEMBROS DEL CUERPO TÉCNICO
a) Aquellos que estuvieran cumpliendo penas por partidos o tiempo aplicadas en el Torneo del Interior.-

b) La expulsión del campo de juego (tarjeta roja o doble tarjeta amarilla) de jugadores o miembros del Cuerpo Técnico, DARÁ LUGAR EN FORMA AUTOMÁTICA A LA SUSPENSION PROVISIONAL, hasta tanto se expida el Tribunal de Disciplina de la LCHF.
c) Para la aplicación de sanciones de hasta tres (3) partidos de suspensión el Tribunal de Disciplina se expedirá en forma sumaria con los elementos de juicio que estime necesarios. Para la aplicación de sanciones de cuatro (4) o más partidos de suspensión el Tribunal de Disciplina procederá a dar vista al imputado, por un plazo perentorio, vencido el cual se dará por decaído el derecho a defensa.
d) La acumulación de cinco (5) amonestaciones (tarjetas amarillas) impuestas por árbitros (no se computan las dobles tarjetas amarillas impuestas en un mismo partido, ni aquella aplicada cuando en ese mismo partido le sea luego impuesta una tarjeta roja ya que el infractor resulta expulsado del campo de juego) en cinco (5) partidos (seguidos o alternados) dará lugar, a la primera vez, a sancionar al infractor con un partido de suspensión. En las sucesivas acumulaciones de cinco (5) amonestaciones de árbitros serán de aplicación los arts. 48° y 49° del Reglamento de Transgresiones y Penas (Reincidencia). La expulsión del campo de juego en un partido posterior no borra las amonestaciones acumuladas en partidos anteriores.
e) Aquellos jugadores que se incorporen a Club que participa en este Torneo, provenientes de cualquier torneo organizado por Ligas afiliadas al CFF o por la Asociación del Fútbol Argentino y tengan penas pendientes de cumplimiento deberán cumplir las mismas en el presente Torneo.
f) Aquellos jugadores con penas pendientes de cumplimiento del Torneo Argentino “A” , “B” o de l Interior 2.007/08 que se incorporen a un club actuante en el Campeonato Clausura 2008 cumplirán las mismas en dicho club.

49.2 -DE LOS EQUIPOS Y CLUBES
a) En el caso de multas aplicadas por número de fechas y ante la finalización de la participación del Club en el certamen, aquellas que queden pendientes de cumplimiento deberán hacerse efectivas a razón de una fecha cada siete (7) días.

b)En caso de acceder a instancias de definición de ida y vuelta los clubes deberán estar al día con la tesorería de la LCHF, caso contrario y de no abonar la deuda hasta el día en que se realice la programación, será remplazado por el club que en el orden de meritos lo siga.-


CAPÍTULO XII - NOTIFICACIONES
50- Toda notificación a los imputados (vistas, resoluciones, etc.) relacionada con todo tipo de situaciones durante el desarrollo del certamen, se efectuará por conducto fehaciente ya descrito

CAPÍTULO XIII - REGLAS DE JUEGO
51- Los partidos del certamen se disputarán con sujeción a las Reglas de Juego aprobadas por el International Board.

CAPÍTULO XIV – EDADES DE LAS DIVISIONES

52-1RA DIV.- EDAD LIBRE

3RA DIV.-EDAD LIBRE

4TA DIV.-CLASE 91

5TA DIV.-CLASE 93


CAPÍTULO XV - SUSPENSIÓN DE PARTIDOS
53 -DECISIÓN - La facultad de suspensión de un partido (iniciado o no) en lo que hace a las condiciones del campo de juego es de exclusiva competencia del árbitro, siendo éste el único que podrá determinar si las mismas permiten el normal desarrollo del partido.
54 -CLUB VISITANTE - En caso que por cualquier causa fuere suspendido un partido (iniciado o no) la delegación visitante, con el objeto de disputar el mismo, deberá:
Volver a su ciudad de origen y regresar el día que la MD de la LCHF designe, a la ciudad sede del partido.
Correrá por cuenta del Club visitante los gastos emergentes de la disputa del partido al día de disputa, fijado primitivamente, en lo que a su delegación se refiere.
55 -NO PRESENTACIÓN - La no presentación de cualesquiera de los equipos al día siguiente al fijado primitivamente para la disputa del partido, cualquiera sea la argumentación esgrimida, dará lugar a que sea considerado incurso en las previsiones de los arts. 46 y 47 de este Reglamento.
56 -NUEVA SUSPENSIÓN - En caso de disputarse el partido en fecha a designar del primitivamente fijado se deberá reconocer:
a) A la terna arbitral:
b.1 - Si en la fecha primitivamente fijada el partido SE INICIÓ y luego debió ser suspendido se les deberá abonar a cada integrante de la misma el 50 % de los Aranceles con motivo del partido suspendido y otro 100 % por la prosecución del partido al día designado.
b.2 - Si en la fecha primitivamente fijada el partido NO LLEGÓ A INICIARSE se le deberá abonar a cada integrante de la misma el 50 % de los Aranceles con motivo del partido suspendido y otro 100 % por la disputa del mismo al día siguiente.
57 -En caso de no poder disputarse el partido ni el día primitivamente fijado ni al día siguiente, el mismo quedará temporalmente suspendido hasta tanto la M.D de la LCHF fije una nueva fecha para su disputa.
En este supuesto, inmediatamente de quedar firme la suspensión temporal, el Club local deberá abonar a la terna arbitral:
a) A la terna arbitral:

a.1 - El 50 % de los Aranceles si, en la fecha primitivamente fijada el partido SE INICIÓ y luego debió ser suspendido o el 50 % si el mismo NO LLEGÓ A INICIARSE.
a.2 - Además de lo establecido en el apartado a.1 anterior, el 50 % de los Aranceles si al día siguiente del primitivamente fijado el partido SE INICIÓ o PROSIGUIÓ y luego debió ser suspendido o el 50 % si el mismo NO LLEGÓ A INICIARSE o REINICIARSE.
58 En ocasión de llevarse a cabo el partido completo o su prosecución en la nueva fecha fijada por la M.D de la LCHF, el Colegio de Árbitros deberán entregar a los mismos un nuevo nombramiento.


CAPÍTULO XVI – VARIOS

59 -SITUACIONES NO PREVISTAS - Toda situación que pudiera surgir y que no se encontrara prevista en el presente Reglamento será resuelta a su leal saber y entender por la LCHF.
6
0 -ACEPTACIÓN - Todos los participantes, desde el momento de su integración y actuación en el certamen, aceptan y se comprometen a cumplir todas las previsiones contenidas en el presente Reglamento, como así también en las disposiciones complementarias y toda otra resolución que se dicte dentro de las atribuciones contempladas en el mismo.

No hay comentarios: